INICIO WEB GRANADA VEGA DE GRANADA

 

 

USOS AGRÍCOLAS EN LA VEGA DE GRANADA

 

La depredación urbanística y especulativa en la vega se inició ante la pasividad y falta de planes alternativos por parte de la Administración.

 

LA HISTORIA DE LOS INTENTOS DE PROTECCIÓN FRENTE A LA PRESIÓN URBANA CON DÉBILES RESULTADOS.

Autora: Cristina Fernández


 

La Vega de Granada es una comarca española situada en la parte central de la provincia. Es una zona muy fértil por la presencia del río Genil y ha tenido una importancia histórica en la economía de la región. Cuenta con una superficie de 87.230 hectáreas de las que apenas un 3,5% están dentro de la capital.

 

La vega es un espacio singular por sus características físicas, la experiencia en métodos de explotación agrícola y la calidad del paisaje. La base económica de la comarca ha sido siempre la agricultura pero a partir de los años sesenta se apoya el desarrollo de otras actividades económicas.

 

En las últimas décadas ha sufrido grandes transformaciones territoriales. Una zona agraria se ha visto convertida en una aglomeración urbana de 32 municipios con una población de 450.000 habitantes. Este aumento del suelo urbanizado y la población, junto con la dependencia económica de la capital, ha incrementado la demanda de infraestructura para el transporte, fragmentando los suelos cultivados y dificultando el uso agrario. Además, el crecimiento urbano genera unas expectativas económicas en los propietarios de la tierra que superan las previstas con un uso agrícola y ganadero.

Los suelos agrícolas de la zona han sido objeto de protección en documentos de planeamiento desde los años setenta. En la actualidad tanto el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del 2000 como el Plan Especial de Protección de la Vega de Granada, recuperan la visión del lugar con valor no sólo ambiental sino también productivo y retoman las categorías de protección asociadas al uso agrícola.

 

 

El avance del asfalto sobre los tradicionales campos de la Vega  no respeta construcciones emblemáticas granadinas.  En el círculo, "Villa Mary", una de las últimas casas señoriales de principio del siglo XX que se conservan en la zona.  Foto: Milagros Soler (Año 2012)

 

El Plan de Ordenación Territorial del Área Urbana de Granada (POTAUG) protege los suelos agrícolas presentes en la vega, lo que significa que la superficie protegida es mucho menor que los planes anteriores dado que delimita aquellos que no han sido ocupados. Hace alusiones al suelo agrícola pero no lo regula.

 

Los planes municipales incorporan consideraciones sobre suelo agrario desde 1985, donde ya se planteaba la creación de un extenso parque agrícola por razones económicas y productivas, paisajísticas y recreativas. De este plan surge un Plan Especial de la Vega en 1991 que pretendía fomentar el equilibrio en el desarrollo, analizando impactos y limitando las capacidades de acogida del territorio. Incorporó en sus categorías de suelo protegido al menos cinco relacionadas con la agricultura. Su principal objetivo era frenar la gran cantidad de edificaciones ilegales que proliferaban, pero no llegó a aplicarse.

 

El actual PGOU, dentro del marco del POTAUG, recupera la visión territorial. Entre sus objetivos surgen contradicciones ya que se plantea dotar de grandes infraestructuras de comunicación a la aglomeración urbana y a la vez pretende establecer una protección particularmente intensa en los suelos de la vega. Se propone incluso un cinturón periférico de aparcamientos que descongestione la ciudad y facilite el acceso. Aún así, el plan es consciente de la creciente desaparición de los usos agrícolas y plantea reducir las tensiones especulativas a través de procesos de rehabilitación de barrios para redirigir al sector de la construcción, que tiene puesta su mirada en la construcción de la vega, y fijar población dentro de la ciudad.

 

"Villa Mary" es un típico ejemplo de la falta de sensibilidad de las autoridades en la conservación del patrimonio en la Vega.

Foto: Milagros Soler (Año 2012)

 

Define seis tipos de Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola, regulando los usos que se permiten bajo petición de licencia, para evitar el aumento de edificaciones ilegales, habituales en la vega. Estas construcciones ilegales son asumidas en suelo no urbanizable si cumplen las condiciones de ser residencias tradicionales o estar regularizadas en planeamientos anteriores. También se asumen aquellas que se han desarrollado por falta de regulación y son antiguas (recreativas, equipamientos, infraestructuras e incluso industrias) o aquellas localizadas en la categoría de huertos familiares.

 

En esta categoría de suelo se prohíbe la destrucción de suelo natural, las acciones agresivas para el medio ambiente y el abandono de suelo de uso agrícola. Esta visión del actual PGOU de la ciudad choca con las intenciones del Ayuntamiento de promover un parque de ocio (Parque del Milenio) para lo que habría que cambiar el uso de suelo patrimonial protegido a uso Urbano Dotacional. El Ayuntamiento defiende su propuesta con la necesidad de un gran parque para la aglomeración urbana.

 

Para evitar la amenaza de que los municipios puedan cambiar el uso a través de modificaciones puntuales de su planeamiento existen iniciativas para declarar la Vega de Granada como Bien de Interés Cultural (BIC), bajo la figura de Sitio Histórico. El apoyo social a la protección de la vega es muy alto. Las organizaciones agrarias y ciudadanas han elaborado un plan de dinamización en el que se exige el compromiso de las administraciones públicas para la protección efectiva de los suelos productivos. La creación de un Parque Agrario y la consideración de Sitio Histórico son las principales reivindicaciones.

Índice General

 

Caseta y pequeño bancal con productos típicos de la vega granadina en el Parque de La Chana. Foto: Milagros Soler (Año 2012)

1 IntroducciónINICIO DEL ARTÍCULO

 

La Vega de Granada es una comarca española situada en la parte central de la provincia, caracterizada por tener una zona de llanura en la parte occidental —a excepción de Sierra Elvira— y relieve montañoso en el resto, con Sierra Nevada, Sierra de Huétor y Sierra de la Alfaguara. Cuenta con 22 kilómetros de longitud por 8 Km de anchura, siguiendo el eje del río Genil en dirección Este-Oeste. Los recursos hídricos oscilan entre los 100 y 250 hm3/año, provenientes de la escorrentía superficial. Es un espacio caracterizado por su alto potencial agrario basado en una gran calidad de sus suelos y en el fácil acceso al agua de riego. Constituye la unidad comarcal más importante de la provincia de Granada, con una superficie total de 87.230 ha (3.251 ha dentro de la capital). Su relevancia no sólo se debe su tamaño, sino también a la importancia económica que ha representado en la provincia.
La vega es un espacio singular por múltiples motivos:

  • Características físicas. Topografía llana, suelos profundos, abundante materia orgánica y fácil acceso al agua.

  • Experiencia de años en métodos de explotación agrícola, hoy degradada por los cultivos intensivos.

  • Capacidad estructurante dentro del sistema urbano de Granada y su comarca, con la posibilidad de convertirse en un lugar de interés colectivo.

  • Paisaje de gran valor perceptivo. Paisaje integrado. Cuenca visual de gran nivel.

 

 

 

i1granada.jpg

Figura 1: Comarca de la Vega de Granada

 

 

2 Usos del sueloINICIO DEL ARTÍCULO

La Vega de Granada ha sufrido en las últimas dos décadas transformaciones territoriales (físicas, demográficas, socio-económicas y funcionales) de fuerte calado. Así, un ámbito eminentemente agrario ha devenido en una aglomeración urbana compleja e interrelacionada (32 municipios), con un claro sesgo metropolitano en el sentido funcional, que cuenta con 450.000 habitantes (5,16 hab/ha). La aglomeración urbana generada en torno a la vega está despertando un gran interés social y de los organismos públicos tanto locales como autonómicos. El reconocimiento de la nueva situación se hace expreso en los documentos de planeamiento.

Podíamos resumir las transformaciones acaecidas en la vega como fruto de los siguientes motivos:

  • Proceso de crecimiento de la población, especialmente hacia la periferia.

  • Cambios en la estructura económica. Fuerte crisis agrícola.

  • Extensión física del suelo urbanizado. Urbanización dispersa.

  • Mayor demanda de infraestructuras de comunicación, ligada a la fuerte movilidad.

 

Cuadro 1: Datos generales. Comarca de la Vega de GranadaINICIO DEL ARTÍCULO
Fuente: INE (2007)

 

Granada

Superficie (ha)

136.322

Población (hab)

500.121

Densidad de población (hab/ha)

3,67

 

La desincentivación para la inversión en la explotación agrícola tiene como resultado la aparición de una multitud de usos del suelo. Esto hace que pervivan elementos de producción antiguos mezclados con nuevas funciones del territorio (residencial, ocio, dotaciones, infraestructuras...).

No han surgido formas intermedias propias de la agricultura periurbana, como diagnostica la Agenda 21, y sin embargo la implantación de modelos agrícolas intensivos puede complicar la supervivencia de la vega como estructura agraria.

Un aspecto a resaltar es la contradicción, que múltiples diagnósticos sobre la zona señalan, entre los objetivos del planeamiento y el imparable proceso urbanizador. En la actualidad, aún con un Plan General que reconoce el valor agrícola de la vega se han aportado terrenos para la construcción del Campus de la Salud así como la localización del Parque del Milenio, proyectos de grandes dotaciones para la aglomeración urbana que modifican los usos supuestamente protegidos.

 

Uso agrícola

 

INICIO DEL ARTÍCULO

La base económica de la comarca ha sido durante mucho tiempo la agricultura de regadío. A partir de los años sesenta se inició un proceso de transformación a favor de otras actividades económicas. La crisis del sector agrario se entiende como un cambio en el modelo económico más que un agotamiento de las condiciones físicas. Las causas de la crisis del sector agrario en la vega se encuentran en la fragilidad de las estructuras agrarias para contener la presión ejercida por el crecimiento urbano-industrial.

 

Entre los años 1973-1983 aumentó la centralidad de la ciudad de Granada y a partir de 1983 se produjo la consolidación de la periferia sobre la capital, dando lugar a la aglomeración urbana. Hasta el año 1999 se calcula que se han perdido aproximadamente 4.000 ha de suelo rural de vega para su transformación en suelo urbano, debido a un crecimiento del área metropolitana de Granada. Este crecimiento llamado «a salto de rana» (Menor Toribio, 1998) ha dado lugar a la aparición de huecos intersticiales de espacio agrario entre las nuevas zonas urbanas y ha creado un «espacio urbano discontinuo separado por intersticios de espacios rurales, de modo que frente a la dualidad campo-ciudad de ayer se antepone la aparición de espacios periurbanos y rururbanos».

 

De 11.062 hectáreas de vega protegida, 1.225 ha son de suelo ocupado por usos urbanos, lo que supone casi un 10% (Fernández Caldera, 2004). Desde 1999 hasta 2003 se ha incrementado la ocupación de suelo agrícola en un 39%, aún estando aprobado el POTAUG. Este plan protege 6.545 ha de suelo de alto valor ecológico, agrícola y paisajístico para sistema de espacios libres, sobre todo de la vega (5.000 ha), pero no está resultando efectivo.

 

El impacto que el desarrollo urbano provoca sobre la actividad agraria de la vega pueden resumirse en:

  • Ocupación y fragmentación del territorio, que impiden el uso agrario.

  • Expectativas derivadas de las plusvalías que la construcción genera en los propietarios de la tierra, incrementando el precio de ésta a cotas imposibles de amortizar con el uso agrícola y ganadero. Salidas productivas hacia el uso inmobiliario.

El resultado es la caída espectacular del número de explotaciones (reducidas a la mitad en menos de veinte años) y de la ocupación agraria. Entre los años 1991 y 2001 el número total de ocupados en la vega se incrementó en un 6%, mientras que se destruyó el 60% del empleo agrario. La edad de los agricultores se ha envejecido de tal modo que entre 1982 y 1999 se han reducido a la mitad, y un cuarto de ellos ha sobrepasado la edad de jubilación.

Desde múltiples sectores se pide la incorporación de políticas activas (ya existentes en el siglo XIX) para construir un contexto más favorable para estilos de agricultura menos agresivos medioambientalmente que los intensivos ahora implantados.

Las explotaciones agrícolas se caracterizan por:

  • Pequeña extensión de las propiedades (entre 0,5 y 5 ha).

  • Régimen de tenencia en propiedad y dificultad en la adquisición de nuevas tierras para hacer más rentable el cultivo.

  • 6,17% de empleo dedicado al sector primario.

  • A pesar de la planificación estratégica, falta de incorporación de técnicas tradicionales o ecológicas.

  • Falta de agua, debido a la dificultad de organización agraria de canales y acequias.

3 AgriculturaINICIO DEL ARTÍCULO

 

3.1 La protección del suelo agrario

 

INICIO DEL ARTÍCULO

Los suelos agrarios de la vega son protegidos por primera vez en elPlan General Comarcal de 1973, que reconoció ciertas áreas con un grado de protección agrícola, los criterios empleados eran de tipo económico con la intención, ya incipiente en aquel momento, de proteger el uso agrícola ante el crecimiento urbano. Años después elPlan Especial de Protección del Medio Físico (PEPMF) de 1987 olvidó los usos agrícolas y por tanto la vega, quizás porque entendía ya protegida la zona por el Plan Comarcal de 1973, aunque estaba prácticamente derogado con la llegada de los ayuntamiento democráticos.

 

En lo que respecta a los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional, la agricultura tiene un peso significativo en seis de los ocho planes hasta ahora aprobados (en total se prevén 19). Entre ellos se encuentra el POTAUG,[1]. Más tarde se redactó el Plan Especial de Protección de la Vega de Granada, que protege diversas zonas pero sólo aquellas incluidas en el término municipal. Este plan tampoco ha tenido mucho éxito dado que se siguieron ocupando ilegalmente la vega con construcciones industriales o residenciales.

 

El actual Plan General de Ordenación Urbana de 2000, hereda del anterior Plan General de 1985 y del Plan Especial de la Vega redactado a partir de las recomendaciones del planeamiento, la visión del lugar con valor no sólo ambiental, sino también productivo y retoma las categorías de protección asociadas a uso agrícola. La limitación del crecimiento de la ciudad no es el único motivo de protección de la vega, sino que se complementa con el concepto de especial protección agrícola.

 

Este planteamiento del actual Plan General de la ciudad choca con las intenciones de ubicación de un parque de ocio (Parque del Milenio) que defiende el Ayuntamiento y muestra como un logro en la gestión y en la propiedad del suelo, pero se enfrenta con la petición de múltiples asociaciones de un parque agrario. A partir de la aprobación en 2006 del anteproyecto de laLey de Patrimonio Histórico de Andalucía, donde se contempla con visión patrimonial el legado de la agricultura, se pretende la declaración de la Vega de Granada como BIC, bajo la figura de Sitio Histórico. La protección aumentaría en base a convertirse en un lugar fuera de la amenaza de recalificación, modificación puntual o revisiones del planeamiento.

 

Cuadro 2: Figuras de protección del territorio en los planes de ordenación
Fuente: David Fernández Caldera (2004)
INICIO DEL ARTÍCULO

 

Planificación

Protección del territorio

Año

 

Plan de Ordenación Comarcal

1. Suelos de protección agrícola

1973

 

2. Suelos de protección paisajística

 


Plan Especial de Protección del Medio Físico

Protección Especial Integral

1987

 

1. Complejos litorales excepcionales

 

 

2. Parajes excepcionales

 

 

Protección Especial Compatible

 

 

1. Complejo Serranos de Interés Ambiental

 

 

2. Zonas húmedas transformadas

 

 

3. Complejo litorales de interés ambiental

 

 

4. Complejos ribereños de interés ambiental

 

 

5. Parajes sobresalientes

 

 

6. Espacios forestales de interés recreativo

 

 

7. Paisajes agrícolas singulares

 

 

Plan de Ordenación Territorial de la Aglomeración Urbana de Granada

Sistemas Estructurantes

1999

 

Sistema de espacios libres

 

 

1. Espacios protegidos extensivos

 

 

2. Espacios protegidos lineales

 

 

3. Corredores verdes

 

 

Zonas sometidas a restricciones

 

 

1. Unidades ecológicas

 

 

2. Unidades ambientales

 

 

3. Unidades paisajísticas

 

 

Zonas de mejora y regeneración ambiental

 

 

Plan General de Ordenación Urbana de Granada

 

1985

 

1. Ámbito de protección Alambra

 

 

2. Parques suburbanos

 

 

3. Ámbito de protección agrícola

 

 

4. Ámbito de protección forestal

 

 

5. Ámbito de protección ecológica de alta regenerabilidad

 

 

6. Ámbito de protección paisajística

 

 


Plan Especial Vega

 

1991

 

1. Zona de protección agrícola

 

 

2. Zonas de protección agrícola-arbórea

 

 

3. Zonas de protección agrícola-activa

 

 

4. Zonas a regenerar

 

 

5. Zonas de contacto suelos urbanos-urbanizables

 

 

6. Zona agrícola residual

 

 

7. Zona de huertos familiares

 

 

Plan General de Ordenación Urbana

Suelo de protección agrícola

2000

 

1. Protección agrícola general

 

 

2. Protección agrícola-arbórea

 

 

3. Protección agrícola-activa

 

 

4. Protección agrícola a regenerar

 

 

5. Protección agrícola ganadera

 

 

6. Huertos familiares

 

 

Suelo de protección ecológica

 

 

1. Protección de cauces y vegas

 

 

2. Parques rurales

 

 

3. Protección forestal

 

 

4. Protección de vertientes

 

 

Sistema general de espacios libres


 

3.2 La presión urbana

 

INICIO DEL ARTÍCULO

En el área metropolitana de Granada hay alrededor de 490.000 habitantes (2007). Sólo el 6,17% de la población activa se dedica al sector primario. La densidad de población de la aglomeración urbana es de 5,73 hab/ha, frente a los 3,67 hab/ha de la vega y 0,72 hab/ha de la provincia.

 

Del aumento de población de los últimos años, el 45% se han localizado en Granada (26,83 hab/ha) y el resto en la aglomeración. Los municipios de la periferia son los que han experimentado un mayor incremento en el suelo urbano y las infraestructuras; y se han convertido en aglutinadores de los mayores niveles de actividad económica y movilidad, lo que se traduce en una mayor explotación de recursos y pérdida de suelo agrícola. La movilidad diaria es de casi 330.000 viajes por motivo de trabajo.

 

Las áreas rurales de la Vega de Granada están sufriendo importantes transformaciones debido a la crisis del sector agrario. Estos cambios son aún mayores en aquellas zonas localizadas en espacios periurbanos que se ven afectadas por procesos de crecimiento demográfico y expansión urbana, estableciéndose una fuerte competencia entre los usos tradicionales agrarios y los usos residenciales, recreativos e industriales. Los factores de localización de la población en la actualidad no están basados en las buenas condiciones agronómicas que llevaron a poblar la vega, sino al proceso de‘metropolización’ del área urbana de Granada. La ciudad de Granada se refuerza como núcleo funcional, mientras que una serie de municipios de alrededor se convierten en centros industriales, de almacenaje o residenciales con un gran crecimiento de su parqué inmobiliario a precios bastante inferiores que la capital. Conforme nos alejamos del centro principal, se reconoce una menor influencia de la capital y una mayor existencia y renovación de actividades agrarias, sin excesivos conflictos entre estos usos y los urbanos. La causa principal de esta pérdida de suelo es la expansión urbana debida a las políticas desarrollistas implantadas en los años 80 por la mayoría de los ayuntamientos. Entre los años 1973 y 1983 se incrementó la periferia en 85.000 viviendas. Las vías de comunicación han sido otra de las principales causas de la ocupación, ya que se han constituido en ejes de crecimiento, la A92, la A66, la circunvalación y sobre todo la Ronda Sur.

 

 

Cuadro 3: Aumento de suelos residenciales y población en el área metropolitana de Granada

INICIO DEL ARTÍCULO
Fuente: Menor Toribio (1956 y 1990), Fdez Avidad (1970,1984 y 1995) y Fdez Caldera (1999 y 2003)

 

Años

Superficie (ha)

Población (hab)

 

1956

816,00

-

1970

1.776,50

298.845

1981

-

369.498

1984

2.329,28

-

1990

3.581,00

-

1995

4.343,92

-

1999

6.232,75

431.628

2003

7.008,71

449.046

2007

-

490.414

 

 

3.3 Los agentes sociales

 

INICIO DEL ARTÍCULO

La plataforma Salvemos la Vega es la unión de colectivos sociales para la protección y dinamización económica y cultural de la Vega de Granada. También ha surgido recientemente la asociaciónVega Sur como una plataforma de agricultores para la defensa de la actividad agrícola en la vega sur. Estos últimos elaboraron un manifiesto en defensa de la actividad agrícola solicitando la creación de un parque agrícola y no de ocio. Sus reivindicaciones señalaban alPOTAUG como marco normativo de obligado cumplimiento. Ambas plataformas se dirigieron en mayo de 2009 a la Consejería de Agricultura, sugiriéndole la visita al Parque Agrario del Bajo Llobregat como referencia para el futuro de la vega granadina. El Parque del Milenio (500 ha de suelo protegido que pasarían a suelo urbano) supone una amenaza para los usos agrícolas de la vega. El partido político Los Verdes, pide que se proteja por ley la agricultura en la Vega de Granada, con la creación de una figura de protección para los territorios y actividades agrícolas, que se debería poner en marcha antes del desarrollo de los planes urbanísticos de cada zona. Hacen hincapié en el potencial de generación de empleo de la agricultura y en cómo el Plan General lo ignora, a pesar de estar contemplado tanto en el POTAUG (de un modo más superficial), en el II Plan Andaluz de Agricultura Ecológica y en el Plan Estratégico de la Vega.

 

Multitud de iniciativas ciudadanas y políticas han dado un paso más solicitando que se impulse un acuerdo de gobierno de laDiputación de Granada para instar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, delPatrimonio Histórico de Andalucía, a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, a través de su Delegación Provincial en Granada, a que inicie el procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Andaluz de la Vega de Granada, declarándola Bien de Interés Cultural (BIC) como Sitio Histórico. También hay que destacar que Ecologistas en Acción ha presentado alegaciones al Plan General de 2000, planteando que se pretende avanzar en la destrucción de la vega al proponer la creación de un parque periurbano en la zona de circunvalación que enmascara un proyecto de urbanización residencial, eliminando zonas hasta ahora rurales. Proponen que el suelo agrario sea considerado un equipamiento de producción de alimentos frescos de calidad.

 

4 Instrumentos de planeamientoINICIO DEL ARTÍCULO

4.1 Planes supramunicipales

4.1.1 Plan General Comarcal, 1973

 

Nace de la declaración de polo de desarrollo de Granada y pretende fomentar el desarrollo económico cambiando la base económica, pasando de una actividad fundamentalmente agraria a otra industrial.
 

Consideraciones sobre suelo agrícola. Reconoce importantes áreas de vega como suelos de protección agrícola. Los criterios utilizados fueron de índole económica. No fue respetado y fracasó en el intento de proteger suelos de vega frente al boom inmobiliario de la periferia.

 

4.1.2 Directrices de Coordinación del Planeamiento en la Comarca de la Vega de Granada, 1983

 

INICIO DEL ARTÍCULO

No llegaron a tramitarse. Fue el primer intento, ya en democracia, de coordinar planeamiento urbanístico creando herramientas territoriales.

 

4.1.3 Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Granada. 1987

 

INICIO DEL ARTÍCULO

Consideraciones sobre suelo agrícola. Se protegieron importantes áreas montañosas incluidas dentro del ámbito del área metropolitana, se incrementó la superficie protegida desde poco mas de 8.000 ha hasta más de 28.500 ha. No obstante, se olvidó la protección de la vega. Las consideraciones en este caso no atendieron en ningún caso a criterios agrícolas. Con la promulgación de la Ley 2/89 de Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía se declararon un gran número de parques naturales, pero no se incluyeron consideraciones relativas al uso.

 

4.1.4 Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada, 1999

 

INICIO DEL ARTÍCULO

Se enmarca dentro de la figura de los Planes subregionales recogida en la Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de Andalucía, siendo sus determinaciones vinculantes para el planeamiento urbanístico.

Los principales problemas que detecta el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada (POTAUG), según justifica en el epígrafe 2.3 son:

  • Desequilibrio del mercado de viviendas entre periferia y capital.

  • Escasez de infraestructuras de los nuevos núcleos urbanos.

  • Insuficiencia de redes de comunicaciones que no puede soportar el grado de movilidad del área metropolitana.

  • Falta de espacios libres y planificación global de los mismos.

  • Estancamiento en el crecimiento económico.

  • Falta de control en la emisión de externalidades ambientales como residuos o aguas.

  • Destrucción de recursos productivos territoriales primarios a favor de la implantación de actividades industriales, de distribución y del sector servicios.

Establece los siguientes objetivos:

  • Proteger las zonas de alto valor ecológico, ambiental y/o paisajístico. A este respecto, se plantea la creación de una red de espacios de interés, partiendo de la existencia de espacios protegidos de interés nacional y regional.

  • Regenerar espacios en proceso de degradación.

  • Garantizar niveles de complementariedad de los núcleos del sistema urbano y de competitividad del conjunto en relación a los sistemas regionales y nacionales.

  • Propiciar una mayor vinculación de los habitantes con su entorno.

  • Satisfacer las necesidades de movilidad mediante transporte público.

  • Preservar suelos estratégicos para la futura instalación de equipamientos.

El plan propone tres líneas de actuación:

  • La mejora de la articulación territorial.

  • La mejora de la habitabilidad y de las condiciones ambientales.

  • El apoyo a los recursos productivos territoriales y actividades económicas en general.

Consideraciones sobre suelo agrícola. Protege espacios de la vega con objeto de preservarlos de su posible ocupación urbanística. La superficie de vega protegida por el POTAUG(alrededor de 5.000 ha) desciende con respecto al Plan Comarcal, ya que protege aquellas zonas naturales no ocupadas por suelo urbano, que lógicamente se habían reducido. La protección tiene como objetivo crear un sistema de espacios libres de la aglomeración que mejore la calidad de vida de los habitantes, unas 450.000 personas.

 

Plantea la regeneración de espacios marginales agrícolas o forestales, en algunos casos constitutivos del sistema de espacios libres por razones de localización, para restablecer el vínculo de los habitantes con el medio rural. El POTAUG hace alusiones al suelo agrícola, aunque no llega a regularlo:

La necesidad por motivos productivos, sociales, culturales, históricos e incluso ambientales y paisajísticos de conservar en su mayor integridad el espacio de vega, sin que ello sea obstáculo irreductible para la organización global del sistema urbano cuando ha sido preciso contar con parte del mismo, ha justificado una decidida intervención desde el plan para evitar ocupaciones banales de espacio tan singular. En el modelo territorial que plantea se definen zonas de excepcional valor productivo, que tienen singulares condiciones de conservación.

 

 

Sánchez del Árbol (1999)

 

4.2 Planes municipalesINICIO DEL ARTÍCULO

4.2.1 Plan General de Ordenación Urbana de Granada, 1985

 

Paraliza la construcción de viviendas en la ciudad y motiva la salida de los promotores a los municipios cercanos. Pretende desviar el crecimiento hacia las primeras estribaciones montañosas que supone preservar la vega del crecimiento urbano.
 

Consideraciones sobre suelo agrícola. Plantea la creación de un extenso Parque Agrícola de la Vega por razones productivas y económicas (3.500 empleos), paisajísticas, recreativas y ambientales para ello promueve la conservación de 3.251 hectáreas de la vega fértil incluidas en el municipio.

 

4.2.2 Plan Especial de Protección de la Vega de Granada, 1991

Su redacción surge de la protección incluida en el PGOU de 1985.
INICIO DEL ARTÍCULO

Consideraciones sobre suelo agrícola. Pretende fomentar un desarrollo equilibrado de la vega, definiendo capacidades de acogida del territorio, estableciendo una predicción de impactos y ordenando los usos del territorio en función de su compatibilidad. No llegó a aplicarse y fracasó en el intento de acotar la cantidad de edificaciones ilegales que proliferaron por la vega. El plan recoge un catálogo de edificaciones ilegales que generan problemas de agotamiento de recursos, falsas expectativas a terrenos colindantes...

Propuso una serie de zonas a proteger o regenerar según su situación, definiendo las siguientes categorías:

  • Zona de protección agrícola.

  • Zona de protección agrícola arbórea.

  • Zona de protección agrícola activa.

  • Zonas a regenerar.

  • Zonas de contacto entre suelos urbanos-urbanizables.

  • Zonas agrícolas residuales.

  • Zonas de huertos familiares.

4.2.3 Plan General de Ordenación Urbana de Granada, 2001

 

INICIO DEL ARTÍCULO

El PGOU se desarrolla en el marco de las determinaciones delPlan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada de 1999, donde se recupera el enfoque territorial, tras el largo paréntesis desde la derogación del Plan Comarcal de 1973 y su sustitución por el Plan General de 1985.

Entre los motivos que se exponían para la revisión del Plan General se encontraban algunos relacionados con la vega y su condición de espacio naturalizado periurbano:

  • Necesidad de adoptar medidas relacionadas con las grandes infraestructuras y conexiones en el ámbito de su territorio, en coordinación con el marco global de la aglomeración urbana de Granada y su comarca, ante la prevista redacción del Plan General de Ordenación del Territorio (POTA).

  • Necesidad de establecer nuevas condiciones de actuación en el borde oeste de la ciudad para evitar su degradación, servir de apoyo a la ciudad consolidada y adecuarse al nuevo sistema derivado de la ejecución de la circunvalación.

  • Necesidad de introducir modificaciones o ampliaciones de la estructura viaria así como determinaciones relativas a la accesibilidad, movilidad y aparcamientos, que permitan resolver los actuales problemas estructurales de la trama histórica de la ciudad y el nuevo modelo funcional derivado de las grandes infraestructuras viarias ejecutadas al amparo del Plan General de 1985.

Los nuevos objetivos establecidos incluían:

  • Protección del territorio y particularmente de la vega de Granada, con la definición precisa de las determinaciones de los usos del Suelo No Urbanizable y la adopción de políticas activas de regeneración.

  • Protección del patrimonio histórico artístico.

  • Puesta en práctica de una política más enérgica de intervención en el mercado de suelo para la ejecución de un programa de viviendas de protección pública.

El PGOU asume y desarrolla los criterios del POTA, siendo incluso más restrictivo en lo relativo a la afectación del territorio cercano, particularmente de la vega por usos distorsionadores del carácter rural. Entiende el complejo ciudad-territorio estableciendo como objetivo general el fomento de la integración territorial frente al crecimiento incontrolado de los usos urbanos. Otro tema de relevancia es la supuesta falta de rentabilidad agrícola, que se hace patente en la comparación con las rentas obtenidas de su inclusión en el proceso urbanizador y ejerce una presión capaz de eliminar suelo agrícola. En ocasiones, incluso con la promoción por parte del propio PGOU de la ubicación de aparcamientos para descongestionar la ciudad, en el marco de un plan de creación de un cinturón de aparcamientos periféricos que apoye al plan de peatonalización del centro. El plan adopta una actitud de mejora urbana y protección del medio, y se presenta cauteloso ante la creciente desaparición de usos agrícolas sin control político. Plantea reducir la tensión especulativa dando salida a la actividad inmobiliaria productiva con procesos de rehabilitación interior de barrios periféricos.
 

Consideraciones sobre la vega. Se reconoce su valor productivo, sociocultural, paisajístico...y el hecho de ser la base física del sistema formado por la aglomeración urbana. La limitación del crecimiento de la ciudad hacia la vega se completaría con el concepto de especial protección agrícola. Para ello establece las siguientes categorías:

 

Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola. Se entiende por categoría de Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola el ámbito del término municipal que presenta una notable singularidad derivada de sus características geográficas y físicas así como por el mantenimiento de usos y estructuras agrarias tradicionales de interés social y ambiental.

Y las siguientes subcategorías:

En el Suelo de Protección Agrícola:

  1. Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola Arbórea. Caracterizado por la presencia permanente de choperas en distintos estadios de crecimiento, ofreciendo un aspecto boscoso y un ambiente húmedo y fresco en contraste con el entorno donde predominan los cultivos herbáceos.

  2. Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola General. El ámbito de vega que comprende esta subcategoría representa el soporte físico con mayor carácter unitario, ostentando unos valores productivos, paisajísticos y estratégicos que obligan a su consideración como espacio singular.

  3. Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola a Regenerar. Compuesto por un ámbito cercano a la ciudad, por lo que es la parte de la vega en relación directa con el ciudadano. En ella se manifiestan de forma clara estas relaciones a través de las numerosas huertas que forman parte de la historia de Granada.

  4. Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola de Huertos Familiares. Compuesto por ciertos enclaves de vega cuyas características, tanto en formas de cultivo, tamaño parcelario y tipo de edificación, se adaptan a esta denominación, permitiendo a su vez una protección activa de la vega sur del término municipal.

  5. Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola Activa. Formado por un ámbito bastante amplio cuya vocación es principalmente la agrícola pero que el estar cercano a vías de comunicación hace que aumente el riesgo de cambio de uso y sea necesaria su protección específica.

  6. Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola y Ganadera. Formado por suelos situados en el borde de la vega, suficientemente alejados de núcleos de población donde es posible ubicar explotaciones ganaderas.

Los usos en estos suelos se regulan bajo petición de licencia y exigencia de aval.

El tema de las edificaciones ilegales en la vega se recoge en varios puntos del plan. El artículo 3.1.8 «reconoce y asume todas las edificaciones de carácter residencial consolidadas en el suelo no urbanizable» ya sean, tradicionales o regularizadas por planeamientos anteriores. El resto quedan «fuera de ordenación»hasta la adaptación a la nueva normativa. También se recoge un uso de enclaves excepcionales, que recoge aquellas situaciones excepcionales que se han producido en suelo no urbanizable por falta de regulación y que debido a su antigüedad se asumen por parte de las normas. Son principalmente actividades recreativas, equipamientos, infraestructuras e industrias.

En suelo genérico agrícola se prohíben aquellos usos que provoquen los siguientes efectos:

  • Destrucción del medio natural.

  • Vertido de sustancias contaminantes.

  • Sobreexplotación de acuíferos.

  • Abandono del suelo agrícola.

El único subtipo de suelo que permite legalizar las edificaciones (no recogidas en catálogo ni legalizadas previamente) es el de huertos familiares, cumpliendo las determinaciones dadas en el artículo 3.1.4.

Sobre un total de superficie del término municipal de 8.793 ha, se clasifica como suelo no urbanizable de especial protección el 65%, distribuido entre la vega y el cauce de los ríos.
Actuaciones propuestas:

  • Acciones de reforestación y tratamientos de las márgenes del cauce del Genil.

  • Erradicación de usos y actividades prohibidas.

  • Tratamiento de caminos, acequias y elementos de estructura territorial.

  • Conservación de las edificaciones rurales de interés inventariadas.

La relación de la vega con la ciudad se ve sesgada por el muro continuo que supone la circunvalación. El PGOU prevé para los pocos espacios de la vega que quedan entre la ciudad y la vía su conversión en sistemas generales de espacios libres, incluyendo la creación de un Parque Periurbano (de ocio), figura de protección recogida en la Ley 2/89, que trata de proteger espacios naturales próximos a áreas urbanas por sus valores naturales, lúdicos y educativos como áreas de esparcimiento de la población urbana.

 

4.3 Otros proyectosINICIO DEL ARTÍCULO

4.3.1 Plan Andaluz de Agricultura Ecológica (2007-2013)

 

La Consejería de Agricultura y Pesca, elaboró un Plan de Agricultura[2] en el que recoge de un modo específico la Vega de Granada como una de las zonas en las que está previsto el apoyo institucional al Plan Estratégico (al igual que en otros lugares como la Alpujarra o el Valle del Guadalhorce). El objetivo principal es prestar apoyo económico a programas a escala local priorizarando aquellas zonas donde haya colaboración municipal.

 

4.3.2 Plan para una Dinamización Integral y Sostenible de la Vega de Granada

 

INICIO DEL ARTÍCULO

Este documento, realizado por organizaciones agrarias (FAECA[3], GRAECO [4]) y ciudadanas (Descubrir la Vega,Ecologistas en Acción, Granada al Pedal, Granada Sostenible, Necesitamos la Vega y la Fundación Gondwana para el desarrollo sostenible), parte de la consideración de la vega como un paisaje multifuncional en el que la agricultura debería cumplir funciones de alimentación y proveer de servicios ambientales. Defienden la vega como patrimonio económico y productivo, histórico, natural y paisajístico, además de ser un referente vivencial de los granadinos.
Exigen el compromiso de las administraciones públicas para la protección efectiva de los suelos productivos y el consumo lógico de los recursos naturales. Para ello proponen:

  • La dinamización económica de la vega, que pasa por el apoyo y el fomento de la agricultura y ganadería con los objetivos de dignificar el trabajo agrícola y ganadero; obtener productos sanos, seguros y de calidad; favorecer su comercialización en los mercados; mejorar la renta de los agricultores y ganaderos; promover la investigación; y apoyar el cooperativismo y la creación de huertos.

  • La creación del Parque Agrario de la Vega de Granada, con el objetivo de facilitar el desarrollo de la vega en general para librar el suelo agrícola de las especulaciones y tensiones urbanísticas con la creación de un ente gestor del desarrollo agrario.

  • El fomento de otras actividades económicas que podrían generar trabajo y riqueza en la Vega de Granada, mediante su recuperación como un agroecosistema, potenciando los servicios de turismo rural respetuoso con el medio y la creación de viveros de especies autóctonas.

  • El acondicionamiento y mejora de las infraestructuras de la vega, mejorando el transporte público y conservando los caminos rurales.

  • La rehabilitación, revegetación y conservación de las cuencas de los ríos, los barrancos y cualquier otro espacio deteriorado y contaminado.

  • La recuperación del patrimonio histórico y cultural de la vega

  • La aplicación de las normativas de protección medioambiental y la regulación de la protección paisajística de la vega.

  • El compromiso de las administraciones e instituciones públicas en defensa de la vega y de su agricultura y ganadería con la creación, por ejemplo, de una Concejalía de Agricultura y Ganadería que asuma las competencias, así como la creación de un foro de seguimiento y consulta.

5 Perspectivas

 

INICIO DEL ARTÍCULO

El Plan Estratégico de la Vega, enmarcado en elPlan Andaluz de Agricultura Ecológica de la Consejería, ha logrado un aumento en la superficie dedicada a cultivos ecológicos, y parece que junto con la creación de un Parque Agrario y la consideración de Sitio Histórico son las luchas, que para el mantenimiento de la singularidad del entorno y su uso, están activas.

El Ayuntamiento propone un parque de ocio y esparcimiento que contempla el cambio de uso de 500 ha pasando de estar calificadas como suelo patrimonial protegido en el actual POTAUG a Suelo Urbano Dotacional. Este proyecto se ha convertido en el mayor punto de desacuerdo entre el Ayuntamiento y la mayoría de los agentes sociales afectados, ya que estos lo ven como una excusa para promover suelo, mientras que el Ayuntamiento se defiende justificándolo con la necesidad de suelo dotacional recreativo en la zona. De cualquier modo, la posibilidad de cambiar la clasificación y el uso del suelo a través de una modificación del Plan General se ve como la mayor amenaza que tiene el suelo que queda de vega productiva, por lo que la idea de incluirlo en una categoría de suelo regulada supramunicipalmente se ve como la mejor solución.

 

6 Referencias bibliográficas

—consultadas

 

INICIO DEL ARTÍCULO

Ayuntamiento de Granada (2008) Diagnóstico ambiental para la Agenda 21 Local de Granada. Ayuntamiento de Granada.

 

Delgado Bujalance, Buenaventura (2009) «Los paisajes periurbanos en los Planes Subregionales de las Aglomeraciones Urbanas andaluzas: logros, carencias y contradicciones», Boletín de laAsociación de Geógrafos Españoles (AGE), número 49, pp. 105-128.

 

Fernández Caldera, David (2004) Bases para la evaluación ambiental y territorial del crecimiento urbano en el área metropolitana de Granada. Jornadas técnicas de Ciencias Ambientales. Universidad de Granada.

 

Guzmán, Gloria I; Arcos, Juan M (2008) Diseño de planes estratégicos locales de agricultura ecológica: el caso de la Vega de Granada. Centro de Investigaciones de Agricultura Ecológica y Desarrollo Rural de Granada. CIFAED.

 

Jiménez Olivencia, Y; Martín Vivaldi Caballero, M.E (1997) Aglomeración Urbana granadina y la transformación del paisaje del sector sur de la vega. Instituto de desarrollo regional. Universidad de Granada.

 

Junta de Andalucía (2007) II Plan Estratégico andaluz de Agricultura Ecológica (2007-2013), Diagnóstico y objetivos. Consejería de Agricultura y Pesca.

 

Menor Toribio, José (1997) «Transformaciones recientes en la organización territorial de la Vega de Granada: del esapcio agrario tradicional a la Aglomeración Urbana actual», Estudios regionales, número 48, pp. 189-214.

 

Sánchez del Árbol, Miguel Ángel (1999) «La propuesta de ordenación territorial de la Aglomeración Urbana de Granada», Cuadernos geográficos, número 29, Universidad de Granada, Granada, España. Pp. 119-135.

 

Silva Pérez, Rocío (2008) «Hacia una valoración patrimonial de la agricultura», Scripta Nova, número 275, Universidad de Barcelona, Barcelona, España.

 

VVAA (2007) Violencia urbanística y conflictos vecinales. Granada.

webs

 

Plan de Agricultura de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía

Plan de Dinamización Integral para la Vega de Granada

Plan Estratégico de Agricultura Ecológica de la Vega de Granada

Plan General de Ordenación Urbana de Granada

Plan de Ordenación Territorial de la Aglomeración Urbana de Granada

 

7 CronologíaINICIO DEL ARTÍCULO

  • --1951: Plan de Ordenación Urbana y de Alineaciones de Granada.

  • --1973: Plan General Comarcal de Ordenación Urbana de Granada.

  • --1979: Inicio de la redacción del Plan General de Ordenación Urbana de Granada.

  • --1984: Directrices de coordinación del Planeamiento de la Vega de Granada.

  • --1985: Aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Granada.

  • --1987: Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Granada.

  • --1990: Ley 8/1990 de Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del suelo.

  • --1992: Tras la resolución del Consejero de Obras Públicas y Transporte de la Junta de Andalucía aprobando algunas modificaciones, el pleno municipal aprueba el texto refundido del PGOU y se remitió a Consejería para un dictamen final.

  • --1994: Ley de Ordenación del Territorio (LOTA)[5] de laComunidad Autónoma de Andalucía.

  • --1997: Ley Andaluza del Suelo[6] Entiende por revisión del Planeamiento General la adopción de nuevos criterios respecto de la estructura general y orgánica del territorio o de la clasificación del suelo, motivada por la elección de un modelo territorial distinto o la aparición de circunstancias que incidan en la ordenación, o por el agotamiento de la capacidad del PGOU vigente.

  • --1998: Ley sobre Régimen de suelo y Valoraciones[7] donde se regulan aspectos que, en el ámbito de la comunidad andaluza quedaban incluidos en la ley andaluza de suelo cuyo contenido es la mayor parte del articulado del texto refundido de la ley del suelo de 1992. La ley del suelo estatal requiere un cuidadoso estudio de la instrumentación urbanística a incorporar en la revisión delPGOU en materia de derechos, clasificación de suelo, régimen urbanístico y temas que derivan en la gestión y uso del suelo.

  • --1999: Se paraliza la tramitación del PGOU ante el informe vinculante emitido por la Consejería de Cultura, los aspectos desfavorables de la Declaración de Impacto Ambiental de laConsejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y las recomendaciones del informe de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

  • --1999: Aprobación del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada (POTAU) (BOJA nº 37 del 28 de marzo), por el Consejero de Gobierno de la Junta de Andalucía el 28 de diciembre, recuperando el enfoque territorial.

  • --2001: Aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana (BOJA nº27 de 7 de Marzo) por parte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. Recogiendo todos los criterios expresados por los informes.

  • --2006: Anteproyecto de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía (BOJA nº 32 de 16 de febrero de 2006) donde se contempla una nueva figura de protección patrimonial, que puede dar cabida el legado de la agricultura.

NotasINICIO DEL ARTÍCULO

[1]: Decreto 244/1999.

[2]: Segundo Plan de Agricultura Ecológica 2007-2013; la medida 15.3 que recoge el documento plantea el desarrollo de planes estratégicos horizontales de carácter sectorial y territorial, mencionando específicamente la vega granadina.

[3]: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias.

[4]: Grupo de Estudios, Trabajo e Investigación en Agricultura Ecológica.

[5]: Ley 1/1994 de 11 de enero de 1994.

[6]: Ley 1/1997 de 18 de junio de 1997.

[7]: Ley 6/1998 de 13 de Abril de 1998.

 

INICIO DEL ARTÍCULO

 

 

 

INICIO WEB GRANADA VEGA DE GRANADA